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Residencia MIR · 2026

Sueldo del residente MIR: nómina de R1 a R5 y guardias por comunidad

El sueldo del residente lo fija el Real Decreto 1146/2006: sueldo base, un complemento de grado de formación que crece cada año y dos pagas extra. En 2026 el mínimo estatal, sin guardias, va de 1387,24 € al mes en R1 a 1914,39 € en R5. Las guardias las paga cada comunidad: la hora de un R1 en día laborable va de 11,20 € (Canarias) a 19,29 € (Illes Balears).

1387,24 €

al mes en R1, mínimo estatal sin guardias

1914,39 €

al mes en R5, mínimo estatal sin guardias

11,20–19,29 €

la hora de guardia de un R1 en día laborable, según la comunidad

Sueldo del residente MIR. Nómina de R1 a R5 y guardias por comunidad

De qué se compone la nómina

La regula el Real Decreto 1146/2006, que establece la relación laboral especial de residencia (art. 7):

  • Sueldo: el del subgrupo A1 del personal estatutario, 1387,24 € al mes en 2026, igual en toda España.
  • Complemento de grado de formación: desde R2, un porcentaje del sueldo que sube cada año (8, 18, 28 y 38 %).
  • Atención continuada: las guardias. El real decreto no fija su precio: lo pone cada servicio de salud.
  • Plus de residencia: solo donde está establecido.
  • Dos pagas extra, en junio y diciembre, de al menos una mensualidad de sueldo y grado.

El mínimo estatal, de R1 a R5 (2026)

Sueldo más grado de formación, sin guardias, trienios ni complementos autonómicos. El anual suma 14 pagas.

AñoGradoAl mesAl año
R10 %1387,24 €19.421,36 €
R28 %1498,22 €20.975,08 €
R318 %1636,94 €22.917,16 €
R428 %1775,67 €24.859,38 €
R538 %1914,39 €26.801,46 €

Sueldo base A1 de 2026: Real Decreto-ley 14/2025 (art. 2.1) sobre la Ley 31/2022 (art. 19.Cinco); tabla de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos. Es el mínimo: hay servicios de salud que pagan más, por ejemplo con complemento de formación ya en R1.

La hora de guardia en cada comunidad

Precio de la hora de guardia de presencia física en día laborable, según la tabla oficial de cada servicio de salud. Los festivos y los días especiales, en el desplegable de cada comunidad.

ComunidadR1R2R3R4R5
Andalucía14,0715,4218,0220,2220,22
Aragón17,3418,7920,2321,6821,68
Principado de Asturias17,0119,3321,6523,9723,97
Canarias11,2013,6616,1518,5918,59
Castilla y León15,4817,7420,0822,3422,34
Castilla-La Mancha18,2121,6724,2827,7427,74
Cataluña (ICS)(2024)18,1421,7725,3827,2027,20
Comunitat Valenciana13,9016,4218,9521,4821,48
Extremadura15,1616,5617,9419,8519,85
Galicia16,0518,3720,7022,9022,90
INGESA (Ceuta y Melilla)13,3315,3317,4219,50—
Illes Balears19,2921,0723,4925,9025,90
La Rioja (SERIS)15,7218,5820,0122,8622,86
Comunidad de Madrid (SERMAS)13,1315,7518,3620,9920,99
Región de Murcia (SMS)13,8216,3418,4820,9720,97

Euros por hora, 2026 salvo indicación. Sin tabla oficial publicada que hayamos podido localizar: Cantabria, Comunidad Foral de Navarra (SNS-Osasunbidea), País Vasco (Osakidetza).

Andalucía
Hora de guardiaR1R2R3R4R5
Guardia (jornada complementaria), laborables, €/hora14,0715,4218,0220,2220,22
Guardia (jornada complementaria), sábados, domingos y festivos, €/hora15,7817,2820,1722,6122,61
Guardia (jornada complementaria), festivos especiales, €/hora28,1430,8436,0440,4440,44

Fuente: Servicio Andaluz de Salud, Dirección General de Personal. Resolución 0002/2026, de 29 de enero, de Retribuciones del Personal de Centros Sanitarios. Ejercicio 2026. Anexo XVI.2 «Compl. Jorn. Compl. Pers. Facult. en Formación»

Aragón
Hora de guardiaR1R2R3R4R5
Guardia de presencia física, laborable, €/hora (igual en Especializada y Primaria)17,3418,7920,2321,6821,68
Guardia de presencia física, festivo, €/hora (igual en Especializada y Primaria)18,5820,1321,6823,2323,23
Guardia localizada, laborable, €/hora8,679,3910,1210,8410,84
Guardia localizada, festivo, €/hora9,2910,0710,8411,6211,62

Fuente: Gobierno de Aragón, Portal de Transparencia. Tablas retributivas del personal estatutario del Servicio Aragonés de Salud 2026 (Tabla II, Retribuciones del personal en formación), según el Acuerdo del Gobierno de Aragón de 14 de enero de 2026

Principado de Asturias
Hora de guardiaR1R2R3R4R5
Valor hora de guardia, días laborables de lunes a viernes17,0119,3321,6523,9723,97
Valor hora de guardia, sábados, domingos y festivos18,1920,6723,1425,6325,63
Valor hora de guardia, festivos especiales (8 sep; 24, 25 y 31 dic; 1 y 6 ene)25,8129,3232,8536,3636,36
Valor hora de guardia, quinta guardia y siguientes18,1920,6723,1425,6325,63
  • Plus de residencia, residente de 1º año: 117,91 € (mensual (12 mensualidades))
  • Plus de residencia, residente de 2º año: 121,70 € (mensual (12 mensualidades))
  • Plus de residencia, residente de 3º año: 130,01 € (mensual (12 mensualidades))
  • Plus de residencia, residente de 4º año: 138,32 € (mensual (12 mensualidades))
  • Plus de residencia, residente de 5º año: 146,64 € (mensual (12 mensualidades))

Fuente: BOPA núm. 132, de 10-VII-2026 (cód. 2026-05918). Acuerdo de 6 de julio de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se fijan para 2026 las cuantías de las retribuciones del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias. Anexo XV, Retribuciones del personal en formación

Canarias
Hora de guardiaR1R2R3R4R5
Presencia física (laborable), €/hora11,2013,6616,1518,5918,59
Presencia física, sábados, domingos y festivos, €/hora17,9221,8625,8429,7429,74
Presencia física, 1, 5 y 6 de enero y 24, 25 y 31 de diciembre, €/hora22,4027,3232,3037,1837,18
  • Indemnización por residencia, grupo A/A1, Gran Canaria y Tenerife: 203,70 € (mensual (12 mensualidades, no entra en las pagas extra))
  • Indemnización por residencia, grupo A/A1, resto del archipiélago: 678,64 € (mensual (12 mensualidades, no entra en las pagas extra))
  • Complemento de productividad anual del personal en formación (licenciado sanitario), cuantía máxima individual, ligada a la evaluación anual positiva: 1.500,00 € (anual (se paga en la primera paga extra posterior a la evaluación))

Fuente: Instrucción núm. 1/2026 de la Dirección del Servicio Canario de la Salud (firmada el 14 de enero de 2026), sobre el régimen y cuantía de las retribuciones del personal para 2026. Anexo X, Personal en formación; Anexo VII, Indemnización por residencia

Cantabria

No hemos encontrado una tabla oficial publicada con la guardia del residente en 2026.

Castilla y León
Hora de guardiaR1R2R3R4R5
Presencia física, días laborables15,4817,7420,0822,3422,34
Presencia física, sábados, domingos y festivos17,3419,8022,3824,8824,88
Presencia física, 1 de enero y 24, 25 y 31 de diciembre27,9831,9036,0040,1040,10
  • Sueldo (todos los años): 1.379,96 € (mensual (también en cada paga extra))
  • Complemento de grado de formación R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 0,00 / 110,40 / 248,39 / 386,39 / 524,38 € (mensual (también en cada paga extra))
  • Importe mes R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 1.379,96 / 1.490,36 / 1.628,35 / 1.766,35 / 1.904,34 € (mensual)
  • Importe paga extra (junio y diciembre) R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 1.379,96 / 1.490,36 / 1.628,35 / 1.766,35 / 1.904,34 € (cada paga)
  • Importe anual R1 / R2 / R3 / R4 / R5 (sin guardias): 19.319,44 / 20.865,04 / 22.796,90 / 24.728,90 / 26.660,76 € (anual)

Fuente: Orden de 3 de febrero de 2026 del Consejero de Sanidad de la Junta de Castilla y León por la que se dictan instrucciones para la elaboración de las nóminas del personal estatutario de la Gerencia Regional de Salud [...] para el año 2026 — Tabla IX

Castilla-La Mancha
Hora de guardiaR1R2R3R4R5
Presencia física, lunes a viernes18,2121,6724,2827,7427,74
Presencia física, sábados, domingos y festivos19,5323,2325,9729,7029,70
Presencia física, 1, 5 y 6 de enero y 24, 25 y 31 de diciembre26,3430,1233,8539,5239,52
  • Sueldo (todos los años): 1.387,24 € (mensual (también en cada paga extra))
  • Complemento de grado de formación R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 0,00 / 110,98 / 249,70 / 388,43 / 527,15 € (mensual (también en cada paga extra))
  • Complemento de recuperación retributiva Ley 4/2019 (autonómico) R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 6,81 / 7,36 / 8,04 / 8,70 / 9,39 € (mensual (también en cada paga extra: la columna «Paga extra» de la Tabla II lo incluye))
  • Euros mes R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 1.394,05 / 1.505,58 / 1.644,98 / 1.784,37 / 1.923,78 € (mensual)
  • Paga extra (columna «Paga extra» de la Tabla II) R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 1.394,05 / 1.505,58 / 1.644,98 / 1.784,37 / 1.923,78 € (cada paga (junio y diciembre))
  • Total año R1 / R2 / R3 / R4 / R5 (sin guardias): 19.516,70 / 21.078,12 / 23.029,72 / 24.981,18 / 26.932,92 € (anual)

Fuente: SESCAM — Anexos y tablas 2026 (con el 1,5 %) de la Resolución por la que se dictan instrucciones para la elaboración de las nóminas del personal de las instituciones sanitarias del SESCAM para el año 2026 (Anexo IV y Tabla II)

Cataluña (ICS)
Hora de guardiaR1R2R3R4R5
Presencia física, laborable (de las 8 h del lunes a las 8 h del sábado)18,1421,7725,3827,2027,20
Presencia física, sábado, domingo y festivo19,7923,7427,7029,6529,65
Gratificación especial de Navidad por hora, si el día es laborable (25 dic y 1 ene de 8 a 22 h y noches del 24 y 31 dic de 22 a 8 h; máximo 24 h)36,2743,5250,7454,3854,38
Gratificación especial de Navidad por hora, si el día es festivo (mismos días y horas)39,5747,4655,3859,0159,01
  • Sou (sueldo, todos los años): 1.333,40 € (mensual (x14))
  • Grau de formació (grado de formación) R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 111,94 / 221,61 / 355,55 / 489,59 / 631,53 € (mensual (x14))
  • Total mensual R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 1.445,34 / 1.555,01 / 1.688,95 / 1.822,99 / 1.964,93 € (mensual)
  • Total anual R1 / R2 / R3 / R4 / R5 (sin guardias): 20.234,76 / 21.770,14 / 23.645,30 / 25.521,86 / 27.509,02 € (anual)
  • Compl. especialitat de Medicina Familiar y Comunitaria (C074), corona 1 / 2 / 3: 442,03 / 618,84 / 795,65 € (mensual (x12), solo residentes de MFyC)
  • Módulo de guardia lunes a jueves (24 h) R1 / R2 / R3 / R4-R5: 232,89 / 279,47 / 326,05 / 349,33 € (por guardia)
  • Módulo de guardia viernes R1 / R2 / R3 / R4-R5: 336,40 / 403,67 / 470,93 / 504,58 € (por guardia)
  • Módulo de guardia sábado (24 h) R1 / R2 / R3 / R4-R5: 517,51 / 621,01 / 724,52 / 776,26 € (por guardia)
  • Módulo de guardia domingo y festivo (24 h) R1 / R2 / R3 / R4-R5: 439,90 / 527,86 / 615,85 / 659,82 € (por guardia)

Último libro de retribuciones publicado por el ICS: 2024.

Fuente: Institut Català de la Salut — Personal estatutari de l'ICS. Llibre de retribucions 2024 (amb increment del 0,4902 %), portal de transparència de l'ICS

Comunitat Valenciana
Hora de guardiaR1R2R3R4R5
Ordinaria13,9016,4218,9521,4821,48
Sábado, domingo, festivo15,9018,4220,9523,4823,48
Festivos especiales (1 y 6 de enero, 24, 25 y 31 de diciembre)27,8032,8437,9042,9642,96
  • Sueldo (todos los años): 1.379,92 € (mensual (también en cada paga extra))
  • Complemento de grado de formación R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 0,00 / 110,39 / 248,39 / 386,38 / 524,37 € (mensual)
  • Complemento de residencia (columna «C. Residencia» de la Tabla 4-A; propio de la Generalitat) R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 121,92 / 131,56 / 141,24 / 150,93 / 160,61 € (mensual (también en cada paga extra))
  • Mensual R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 1.501,84 / 1.621,87 / 1.769,55 / 1.917,23 / 2.064,90 € (mensual)
  • Extra R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 1.501,84 / 1.621,87 / 1.769,55 / 1.917,23 / 2.064,90 € (cada paga extra)
  • Anual R1 / R2 / R3 / R4 / R5 (sin guardias): 21.025,76 / 22.706,18 / 24.773,70 / 26.841,22 / 28.908,60 € (anual)

Fuente: ACUERDO de 27 de febrero de 2026, del Consell, de publicación de las tablas retributivas de la Administración de la Generalitat y sus organismos autónomos (DOGV núm. 10312 bis, 27.02.2026, CVE DOGV-C-2026-6352), Anexo II, Tablas 4-A y 5

Extremadura
Hora de guardiaR1R2R3R4R5
Presencia física, días laborables15,1616,5617,9419,8519,85
Presencia física, sábados, domingos y festivos16,5617,9419,8521,2621,26
Festivos especiales (24, 25 y 31 de diciembre, 1, 5 y 6 de enero)21,9623,3324,7126,0826,08
  • Sueldo (todos los años): 1.387,24 € (mensual (también en cada paga extra))
  • Complemento de grado de formación R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 0,00 / 110,99 / 249,71 / 388,43 / 527,16 € (mensual (también en cada paga extra))
  • Masa salarial consolidada (reparto del 0,5 % del fondo adicional, Acuerdo de 23-11-2004; autonómico): 27,03 € (mensual (no entra en la paga extra))
  • Euros mes R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 1.414,27 / 1.525,26 / 1.663,98 / 1.802,70 / 1.941,43 € (mensual)
  • Euros año R1 / R2 / R3 / R4 / R5 (sin guardias): 19.745,72 / 21.299,58 / 23.241,66 / 25.183,74 / 27.125,96 € (anual)

Fuente: Resolución del Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud de 2 de febrero de 2026, por la que se dictan instrucciones para la elaboración de la nómina [...] y se aprueban los anexos y tablas retributivas correspondientes al año 2026 (Anexo IV, apartado IV, y Anexo XII); publicidad en DOE núm. 33, de 18-02-2026

Galicia
Hora de guardiaR1R2R3R4R5
Presencia física, días laborables16,0518,3720,7022,9022,90
Presencia física, domingos y festivos17,1819,6922,1724,5324,53
  • Sueldo (todos los años): 1.387,24 € (mensual)
  • Complemento de grado de formación R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 0,00 / 110,39 / 248,40 / 386,38 / 524,36 € (mensual)
  • Retribución adicional en las pagas extraordinarias (3,62 % de las retribuciones anuales fijas y periódicas, excluidas antigüedad y carrera, repartido entre junio y diciembre): 3,62 % (porcentaje anual, abonado en las pagas de junio y diciembre)
  • Módulo de sábado por la mañana (presencia ordinaria, 7 h; anexo XVII) R1 / R2 / R3 / R4-R5: 112,35 / 128,59 / 144,90 / 160,30 € (por módulo de 7 h (o proporcional a las horas trabajadas))
  • Guardia de 17 h laborable R1 / R2 / R3 / R4-R5: 272,85 / 312,29 / 351,90 / 389,30 € (por guardia)
  • Guardia de 24 h laborable R1 / R2 / R3 / R4-R5: 385,20 / 440,88 / 496,80 / 549,60 € (por guardia)
  • Guardia de 17 h domingo o festivo R1 / R2 / R3 / R4-R5: 292,06 / 334,73 / 376,89 / 417,01 € (por guardia)
  • Guardia de 24 h domingo o festivo R1 / R2 / R3 / R4-R5: 412,32 / 472,56 / 532,08 / 588,72 € (por guardia)

Fuente: ORDEN de 23 de enero de 2026 por la que se dictan las instrucciones sobre la confección de nóminas del personal al servicio de la Administración autonómica para el año 2026 (DOG núm. 16, de 26-01-2026), anexos VIII y XVII y tablas de atención continuada

INGESA (Ceuta y Melilla)
Hora de guardiaR1R2R3R4R5
Presencia física, laborable13,3315,3317,4219,50—
Presencia física, domingo y festivo13,9215,8417,9020,06—
Festivos especiales: 1 y 6 de enero; 24, 25 y 31 de diciembre17,6420,2523,1526,08—
  • Sueldo (igual al personal estatutario A1), de R1 a R5: 1.387,24 € (mensual (pagas ordinarias))
  • Complemento de grado de formación R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 0,00 € / 110,98 € / 249,70 € / 388,43 € / 527,15 € (mensual)
  • Total mensual R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 1.387,24 € / 1.498,22 € / 1.636,94 € / 1.775,67 € / 1.914,39 € (mensual)
  • Paga extraordinaria (junio y diciembre) R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 856,05 € / 924,53 € / 1.010,14 € / 1.095,74 € / 1.181,35 € (por paga (2 al año))
  • Indemnización por residencia en Ceuta y Melilla, subgrupo A1 (DUDOSO para residentes: ver notas): 1.102,54 € (mensual (12 mensualidades, sin repercutir en las pagas extra))
  • Atención continuada en el mes de vacaciones: promedio de lo cobrado por guardias en los 6 meses anteriores (mes de vacaciones)

La tabla del INGESA llega hasta el cuarto año: no publica fila de R5.

Fuente: Resolución de la Dirección del INGESA por la que se dictan instrucciones para la elaboración de las nóminas del personal que presta servicios en sus instituciones sanitarias en el año 2026 (Retribuciones año 2026, versión 4 de 5-ene-2026, firmada el 14-ene-2026), Tabla II

Illes Balears
Hora de guardiaR1R2R3R4R5
Guardia de presencia física, días laborables, €/hora19,2921,0723,4925,9025,90
Guardia de presencia física, sábado, domingo y festivos, €/hora21,2123,1825,8428,4828,48
Guardia de presencia física desde la 5.ª guardia, días laborables, €/hora24,1226,3429,3732,3832,38
Guardia de presencia física desde la 5.ª guardia, sábado, domingo y festivos, €/hora26,5128,9932,3135,6135,61
Guardia de presencia física en días especiales (24, 25 y 31 dic y 1 ene), €/hora42,4346,3651,6756,9956,99
  • Complement de formació, R1 (el IB-Salut lo fija en el 10/20/30/40/50 % del sueldo, por encima del grado de formación del RD 1146/2006, que es 0/8/18/28/38 %): 138,72 € (mensual)
  • Complement de formació, R2: 277,45 € (mensual)
  • Complement de formació, R3: 416,17 € (mensual)
  • Complement de formació, R4: 554,90 € (mensual)
  • Complement de formació, R5: 693,62 € (mensual)
  • Indemnització per residència (tot el personal), grupo A1, Mallorca: 147,09 € (mensual (1.765,08 €/año))
  • Indemnització per residència (tot el personal), grupo A1, Menorca y Eivissa: 226,72 € (mensual (2.720,64 €/año))
  • Indemnització per residència (tot el personal), grupo A1, Formentera: 298,28 € (mensual (3.579,36 €/año))

Fuente: Servei de Salut de les Illes Balears (IB-Salut). «Taules salarials actualitzades a 2026», vigentes a 01-01-2026 (Taula IV, apartado 3, complemento de atención continuada del personal facultativo en formación; Taula VI, personal en formación especializada; Taula VIII, indemnización por residencia)

La Rioja (SERIS)
Hora de guardiaR1R2R3R4R5
Presencia física, laborable (dentro del plan de formación)15,7218,5820,0122,8622,86
Presencia física, sábados y festivos (dentro del plan de formación)16,4819,4620,9723,9623,96
Guardia fuera del plan de formación (sustituciones voluntarias), laborable28,5728,5728,5728,5728,57
Guardia fuera del plan de formación (sustituciones voluntarias), sábados y festivos29,9429,9429,9429,9429,94
  • Sueldo (igual al subgrupo A1), de R1 a R5: 1.387,24 € (mensual)
  • Complemento de grado de formación R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 0,00 € / 111,00 € / 249,73 € / 388,45 € / 527,16 € (mensual)
  • Total mensual R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 1.387,24 € / 1.498,24 € / 1.636,97 € / 1.775,69 € / 1.914,40 € (mensual)
  • Pagas extra (las dos juntas) R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 2.774,48 € / 2.996,48 € / 3.273,94 € / 3.551,38 € / 3.828,80 € (anual (2 pagas))
  • Total anual sin guardias R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 19.421,36 € / 20.975,36 € / 22.917,58 € / 24.859,66 € / 26.801,60 € (anual)

Además paga las guardias voluntarias fuera del plan de formación al precio del facultativo.

Fuente: Rioja Salud. Tablas salariales del personal laboral a 1-1-2026: Personal residente en formación

Comunidad de Madrid (SERMAS)
Hora de guardiaR1R2R3R4R5
Presencia física, laborable. Vigente desde julio de 2026 (Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22-jul-2026)13,1315,7518,3620,9920,99
Presencia física, sábados, domingos y festivos. Vigente desde julio de 202615,6118,2320,8423,4523,45
Presencia física, laborable. Tabla de enero a junio de 2026 (Orden de nóminas de 3-feb-2026)12,5015,0017,4919,9919,99
Presencia física, sábados, domingos y festivos. Tabla de enero a junio de 2026 (Orden de nóminas)14,8717,3619,8522,3322,33
Especial: 1 y 6 de enero, 24, 25 y 31 de diciembre. Tabla de enero de 2026 (Orden de nóminas); el Acuerdo de julio no la actualiza ni la menciona. Precio/hora CALCULADO: guardia de 24 h / 24 (713,76 / 833,28 / 952,80 / 1.071,84 €), que es el doble de la guardia festiva de 24 h de esa misma tabla29,7434,7239,7044,6644,66
Ya aprobado para 2027 (desde 1-ene-2027), laborable13,7816,5419,2822,0422,04
Ya aprobado para 2027 (desde 1-ene-2027), sábados, domingos y festivos16,3919,1421,8824,6224,62
  • Sueldo (igual al subgrupo A1), de R1 a R5: 1.387,24 € (mensual (12 pagas ordinarias + 2 extraordinarias))
  • Complemento de grado de formación R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 138,31 € / 249,29 € / 388,01 € / 526,74 € / 665,46 € (mensual)
  • Total mensual R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 1.525,55 € / 1.636,53 € / 1.775,25 € / 1.913,98 € / 2.052,70 € (mensual)
  • Paga extraordinaria R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 1.525,55 € / 1.636,53 € / 1.775,25 € / 1.913,98 € / 2.052,70 € (por paga (2 al año))
  • Total anual sin guardias R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 21.357,70 € / 22.911,42 € / 24.853,50 € / 26.795,72 € / 28.737,80 € (anual)
  • Atención continuada en el mes de vacaciones: media aritmética de lo cobrado por guardias en los 6 meses anteriores (mes de vacaciones)

Tabla vigente desde julio de 2026 (Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de julio de 2026); de enero a junio rigió otra algo más baja.

Fuente: ACUERDO de 22 de julio de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 26 de junio de 2026 sobre determinados aspectos retributivos del personal estatutario del SERMAS (BOCM núm. 180, 30-jul-2026)

Región de Murcia (SMS)
Hora de guardiaR1R2R3R4R5
Presencia física, lunes a viernes. Tabla III.1, que se aplica «en tanto no se cumplan los requisitos» del Acuerdo de 25-11-202213,8216,3418,4820,9720,97
Presencia física, sábados, domingos y festivos. Tabla III.115,0518,8320,9724,6524,65
Especial: 24, 25 y 31 de diciembre y 1, 5 y 6 de enero. El BORM fija el doble del valor que corresponda; esta fila es CÁLCULO (festivo de la III.1 × 2)30,1037,6641,9449,3049,30
Presencia física, lunes a viernes. Tabla III.2, que se aplica «cuando se cumplan los requisitos» del Acuerdo de 25-11-202216,5619,0021,0622,4022,40
Presencia física, sábados, domingos y festivos. Tabla III.217,7521,3923,4625,9525,95
  • Sueldo (igual al subgrupo A1), de R1 a R5: 1.387,24 € (mensual (14 pagas))
  • Complemento de grado de formación R1 (6,25 %) / R2 (8 %) / R3 (18 %) / R4 (28 %) / R5 (38 %): 86,70 € / 110,98 € / 249,70 € / 388,43 € / 527,15 € (mensual)
  • Total mensual R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 1.473,94 € / 1.498,22 € / 1.636,94 € / 1.775,67 € / 1.914,39 € (mensual)
  • Total anual sin guardias R1 / R2 / R3 / R4 / R5: 20.635,16 € / 20.975,08 € / 22.917,16 € / 24.859,38 € / 26.801,46 € (anual (14 pagas))
  • Atención continuada en el mes de vacaciones: promedio de lo devengado por guardias en los 6 meses anteriores (mes de vacaciones)

El BORM publica dos tablas; se muestra la III.1, que se aplica mientras no se cumplan los requisitos del Acuerdo de 25-11-2022.

Fuente: Resolución de la Directora Gerente del SMS por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 12 de febrero de 2026 que aprueba las retribuciones del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud para 2026 (BORM núm. 58, 11-mar-2026, anuncio 1084), Anexo IV apdo. III y Tabla II

Comunidad Foral de Navarra (SNS-Osasunbidea)

No hemos encontrado una tabla oficial publicada con la guardia del residente en 2026.

País Vasco (Osakidetza)

No hemos encontrado una tabla oficial publicada con la guardia del residente en 2026.

Jornada, guardias y descansos

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Preguntas frecuentes sobre el sueldo del residente

¿Cuánto cobra un residente de primer año (R1)?

Como mínimo, 1387,24 € brutos al mes en 2026, el sueldo base del subgrupo A1, y 19.421,36 € al año con las dos pagas extra, sin contar guardias. El complemento de grado de formación no empieza hasta R2, aunque algunas comunidades, como Madrid, Illes Balears o Murcia, pagan ya un complemento en R1. A eso se suman las guardias, que paga cada comunidad.

¿Cuánto sube el sueldo con cada año de residencia?

Por el complemento de grado de formación, un porcentaje del sueldo base: 8 % en R2, 18 % en R3, 28 % en R4 y 38 % en R5 (RD 1146/2006, art. 7.1.b). Con el mínimo estatal de 2026, el fijo mensual pasa de 1387,24 € en R1 a 1914,39 € en R5.

¿Cuánto se paga una hora de guardia?

Depende de la comunidad, del año de residencia y del día. Para un R1 en día laborable va de 11,20 € en Canarias a 19,29 € en Illes Balears; los festivos se pagan más y los días especiales (Navidad, Año Nuevo, Reyes) aún más. La tabla de esta página da el precio por comunidad, con su fuente.

¿Cuántas guardias puede hacer un residente?

Como máximo siete al mes, y solo está obligado a las que marque el programa formativo de su año (RD 1146/2006, art. 5.1.c). La jornada ordinaria más las guardias no puede pasar de 48 horas semanales de promedio en cómputo semestral, y después de 24 horas seguidas de trabajo le corresponden 12 de descanso.

¿Cobra lo mismo un residente en todas las comunidades?

El sueldo base es el mismo en toda España, pero no la nómina: cada servicio de salud fija el precio de las guardias y algunos pagan complementos propios, como el plus de residencia de Asturias o la indemnización por residencia de Canarias e Illes Balears.

¿Cómo son las pagas extra del residente?

Dos al año, en junio y diciembre, y cada una como mínimo de una mensualidad de sueldo más el complemento de grado de formación (RD 1146/2006, art. 7.2).