Inscripción MIR 2027: plazo cerrado
El plazo de inscripción del MIR 2027 se cerró el 14 de septiembre de 2026. Lo siguiente es la relación provisional de admitidos y no admitidos, que publica el Ministerio de Sanidad en su web, y el plazo de subsanación de diez días hábiles que se abre con ella (Orden SND/854/2026). Registrar la solicitud y estar admitido no son lo mismo.
Nadie te avisa si te excluyen. La publicación en la web del Ministerio tiene valor de notificación: no hay correo ni SMS. El reloj de los diez días hábiles corre igual, así que conviene poner un recordatorio para ir mirando. Qué hacer si apareces excluido.
¿MIR 2026 o MIR 2027? Es la misma convocatoria. Se abre en 2026 y se llama MIR 2027 porque el examen se celebra en 2027. Si la buscaste como «MIR 2026», estás en el sitio correcto.
Plazo de inscripción
Cerrado el 14 de septiembre de 2026
Siguiente paso: listas de admitidos
Día del examen
sábado 23 de enero de 2027
Quedan 95 días
Plazas convocadas
9676 de Medicina
Convocatoria 2027
El trámite, paso a paso
1. El plazo se cerró el 14 de septiembre de 2026
La solicitud registrada dentro de plazo es lo único que cuenta. Si la presentaste, guarda a mano dos documentos: el justificante de registro y el comprobante del pago de la tasa. Son los dos papeles que te van a pedir si hay que alegar algo.
2. Espera la relación provisional de admitidos
El Ministerio la publica en su web una vez evaluadas las solicitudes. La convocatoria no fija fecha concreta. Y no hay aviso individual: la publicación tiene valor de notificación, así que toca entrar a mirar.
3. Busca tu nombre, carácter a carácter
El documento de identidad aparece seudonimizado, con parte de los caracteres sustituidos por asteriscos, así que hay que localizarse por nombre y apellidos. Una tilde o un apellido invertido bastan para no encontrarte y pensar que estás fuera.
4. Si estás excluido, subsana: diez días hábiles
El plazo cuenta desde el día siguiente a la publicación de la provisional. Lee primero el motivo: casi siempre es un documento concreto que se aporta en el mismo trámite. La documentación que acredita una exención de la tasa sí puede aportarse aquí; el pago de la tasa, no: ese tenía que estar hecho dentro del plazo de solicitudes.
5. Comprueba la relación definitiva
Incluye la localidad, la mesa y el centro de examen que te corresponden. Ojo: las alegaciones que no queden recogidas en ella se entienden desestimadas. Si presentaste una subsanación y sigues fuera, ahí es donde entra el recurso de alzada, con un mes de plazo.
6. Y mientras tanto, entrena: quedan 95 días
El trámite ya no depende de ti. Lo que sí depende es lo que pasa entre hoy y el examen, que es lo que decide el número de orden y con él la especialidad.
Lo que puedes cambiar y lo que no
Con el plazo cerrado, quedas vinculado a los datos que registraste. Esto es lo que se puede tocar ahora y lo que no:
La localidad del examen
No se cambia, salvo circunstancias excepcionales debidamente acreditadas y con acuerdo expreso de la Dirección General de Ordenación Profesional.
El turno de personas con discapacidad
No se cambia una vez elegido. Si lo marcaste por error, se corrige en el plazo de subsanación de la lista provisional, y solo entonces.
Las adaptaciones de tiempo y medios
Se piden y se acreditan dentro del plazo de solicitudes, con un escrito motivado y el certificado médico. La convocatoria no prevé pedirlas después.
Un documento que faltaba
Se aporta en los diez días hábiles de subsanación. Pero el requisito tenía que cumplirse antes del cierre: se subsana el papel, no la fecha.
La documentación, sin errores
Es lo que se revisa para las listas. Si apareces excluido, compara el motivo con esto:
El título
Copia en PDF del título español, de la homologación, reconocimiento o equivalencia si es extranjero, o el justificante de la Carpeta Ciudadana. El justificante bancario de haber pagado el título no vale. Si ya te admitieron en una convocatoria anterior, basta con indicarlo en la solicitud.
La certificación académica
Firmada electrónicamente por la universidad, con la fecha de finalización de los estudios, las calificaciones de cada materia y la media en base 10. No valen capturas, informes de consulta ni impresiones del campus virtual. Sin una certificación válida no te excluyen, pero el expediente se puntúa con un 5,00.
Si estudiaste fuera de España
Además, la declaración de equivalencia de nota media del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, firmada por ti, junto con el certificado académico de tu universidad. Hacen falta los dos.
La exención de la tasa
Víctimas de terrorismo: copia auténtica, siempre. Desempleo, discapacidad y familia numerosa los comprueba el Ministerio de oficio, salvo que te opongas en el 790 o tu título de familia numerosa sea de Ceuta o Melilla: entonces hay que aportar copia auténtica.
El error que cuesta un año ahora es no mirar
Una solicitud puede caerse por un documento que faltaba o un pago que no se registró, y la exclusión se arregla en el plazo de subsanación: diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la lista provisional. Pasados, no. Y como no hay aviso individual, el único modo de enterarse es entrar a comprobarlo.
Preguntas frecuentes sobre la inscripción
¿Sigue abierta la inscripción del MIR 2027?
No. El plazo se cerró el 14 de septiembre de 2026 y no hay plazo extraordinario de solicitudes: el MIR se convoca una vez al año, así que quien no llegó a tiempo tiene que esperar a la convocatoria siguiente. Quien sí presentó la solicitud tiene ahora un paso pendiente: comprobar que aparece en la relación provisional de admitidos.
¿Para qué examen me estoy inscribiendo?
Para el MIR 2027, que se celebra el sábado 23 de enero de 2027. Ojo con el nombre: la convocatoria se abre en 2026 pero se llama MIR 2027, por el año en que se hace el examen. Mucha gente la busca como "MIR 2026" y es la misma.
¿Estar inscrito es lo mismo que estar admitido?
No. Registrar la solicitud es el primer paso. La admisión se confirma cuando tu nombre aparece en la relación definitiva que publica el Ministerio de Sanidad, después de la provisional y del plazo de subsanación. Entre una cosa y otra puede haberse caído tu solicitud por un documento que faltaba.
¿Cuándo salen las listas de admitidos del MIR 2027?
La convocatoria no fija una fecha concreta: establece que la relación provisional se publica una vez finalizado el plazo de solicitudes y evaluadas estas. Cualquier fecha que circule antes de que el Ministerio la anuncie es una estimación, no un dato oficial.
¿Es verdad que hay un plazo máximo de dos meses para publicarlas?
En esta convocatoria, no. La orden que la regula no fija plazo máximo: condiciona la publicación a que termine el plazo de solicitudes y se evalúen. El plazo de dos meses que se viene repitiendo procede del texto de una convocatoria anterior, y arrastrarlo a esta da una fecha que nadie ha comprometido. Lo que sí está fijado son los diez días hábiles de subsanación, que cuentan a partir de la publicación.
¿Cuánto tiempo hay para subsanar si aparezco excluido?
Diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de la relación provisional. Y nadie te avisa: la publicación en la web del Ministerio tiene valor de notificación, así que la revisión corre de tu cuenta.
¿Qué se puede corregir en el plazo de subsanación?
La documentación que faltaba, incluida la que acredita una exención de la tasa. También dos errores propios que mucha gente no sabe que puede arreglar aquí: haber marcado por error el turno de personas con discapacidad, y no haber declarado una dirección postal completa — en ese caso la propia resolución provisional te identifica para que lo corrijas. Lo que no se subsana es el pago de la tasa: tenía que estar hecho dentro del plazo de solicitudes.
¿Puede cambiar la fecha del examen del MIR 2027?
La fecha es firme en la práctica, pero la convocatoria la trata como prevista hasta un momento concreto: una vez aprobada la relación definitiva de admitidos, el Ministerio dicta una resolución que la ratifica o, en su caso, la modifica. Es decir, la confirmación formal llega después de las listas definitivas, no antes. Mientras tanto, la fecha para la que hay que preparar el examen es el sábado 23 de enero de 2027.
¿Cómo se hace la inscripción al MIR?
Telemáticamente, en la sede electrónica del Ministerio de Sanidad, mediante el modelo 790. Para identificarte vale el certificado electrónico de persona física o Cl@ve Permanente, y para firmar, AutoFirm@ o Cl@veFirma. Se rellena la solicitud con los datos académicos, se paga la tasa que fija la convocatoria y se guarda el justificante. Si tienes DNI o NIE, esta vía es obligatoria aunque vivas fuera de España. Solo quien no tiene ninguno de los dos puede presentarla en papel: tres ejemplares firmados a mano, con la tasa ya pagada, en un consulado o embajada de España, en una oficina de registro o en Correos en España.
¿Inscribirse al MIR reserva plaza?
No. La inscripción solo te da derecho a presentarte al examen. Las plazas se adjudican después, por número de orden: primero eliges tú si tu nota te sitúa arriba, y quien queda al final elige entre lo que sobra. Por eso el trabajo real empieza al inscribirte, no al terminar.
¿Puedo inscribirme con el título aún sin homologar?
No. La Orden SND/854/2026 exige haber obtenido la homologación, el reconocimiento o la equivalencia del título extranjero antes de que acabe el plazo de solicitudes; el justificante de haberla pedido no sirve. Si la resolución no llega a tiempo, la inscripción será en la convocatoria siguiente. Lo que sí puedes hacer mientras tanto es preparar el examen, así que conviene iniciar el trámite cuanto antes.
¿Hay plazas reservadas para médicos extracomunitarios?
Sí. La convocatoria reserva un cupo específico de plazas para aspirantes sin autorización de residencia en España. No es un cupo simbólico, pero su tamaño cambia de un año a otro, así que la cifra exacta hay que mirarla en el BOE de cada convocatoria y no darla por sabida. El resto de plazas se asignan por el cupo general.
¿Cuánto cuesta inscribirse al MIR?
La tasa de derechos de examen es de 31,10 € en la convocatoria del MIR 2027 (Orden SND/854/2026), con exención total —no descuento— para familia numerosa, discapacidad igual o superior al 33 %, situación de desempleo y víctimas de terrorismo. Pagar menos del importe correcto, o no acreditar el pago dentro del plazo de solicitudes, determina la no admisión.
¿Cómo se paga la tasa desde fuera de España?
Depende de cómo presentes la solicitud. Si tienes DNI o NIE, la registras en la sede electrónica y pagas allí, aunque vivas fuera. La transferencia desde un banco extranjero solo está prevista para quien presenta la solicitud en un consulado o embajada de España, y se hace a la cuenta de recaudación que publica la Orden SND/854/2026 (BBVA, IBAN ES29 0182 2370 4102 00000822, SWIFT BBVAESMM): una transferencia por persona, con tu nombre completo tal como figura en tu documento de identidad y el concepto «tasa prueba selectiva». Las comisiones corren de tu cuenta y un ingreso inferior al importe supone la no admisión, así que pide al banco que todos los gastos los pague el ordenante (opción OUR) para que llegue íntegro. El pago tiene que estar hecho antes de registrar la solicitud, y el resguardo se adjunta a ella.
Mientras esperas las listas
Entre la solicitud y la relación provisional no hay ningún trámite que hacer. Son semanas que cuentan igual: el número de orden se construye ahora, no en enero.
Sigue por aquí
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Fuentes y referencias
Los datos oficiales de esta página proceden de estas publicaciones. Las hemos comprobado una a una en la fecha de consulta indicada.
- 1.Orden SND/854/2026, de 4 de agosto: oferta de plazas y convocatoria de pruebas selectivas 2026 para el acceso en 2027 a la formación sanitaria especializada. Ministerio de Sanidad · Boletín Oficial del Estado núm. 195. Publicada el 10 de agosto de 2026. Consultada el 5 de octubre de 2026.
- 2.Sede electrónica: gestión de la convocatoria anual de pruebas selectivas de formación sanitaria especializada (código SIA 2897569). Ministerio de Sanidad. Consultada el 5 de octubre de 2026.
- 3.Real Decreto 589/2022, de 19 de julio: normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación en especialidades en Ciencias de la Salud (texto consolidado). Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática · Boletín Oficial del Estado núm. 173. Publicada el 20 de julio de 2022. Consultada el 5 de octubre de 2026.