novedades
Certificación académica MIR: el PDF que vale 10 puntos
En la inscripción del MIR hay que aportar la certificación académica personal. Si no la aportas dentro del plazo, o no es válida, se aplica de oficio un 5,00 de expediente. No te excluye: solo te cuesta puntos.
La inscripción en el MIR se asocia casi siempre a dos cosas: rellenar el modelo 790 y pagar la tasa.
Pero hay un tercer documento que se juega el 10 % de tu puntuación final y que no lleva ningún aviso en rojo: la certificación académica personal. Si no la aportas dentro del plazo, o si la que aportas no es válida, la convocatoria no te excluye del proceso. Hace algo más silencioso: te asigna un 5,00 de expediente y sigue adelante como si nada.
Esta guía es sobre ese PDF: qué tiene que decir, qué versiones no sirven, cuánto cuesta equivocarse y qué margen queda para arreglarlo. Las fechas de la convocatoria en curso están juntas al final.
Qué pide el BOE, con nombre y apellidos
La orden de convocatoria es concreta. Hay que presentar «en documento pdf la certificación académica personal» en la que figuren los méritos académicos, y se aporta «junto con el registro de la solicitud». Es decir: en el mismo acto de inscripción, dentro del plazo general de solicitudes, sin ventana propia.
Para que la certificación sea válida debe incluir, como mínimo, tres cosas:
- La fecha de finalización de los estudios.
- Las calificaciones de las materias del plan de estudios correspondiente.
- La media global en base 10 del expediente académico, conforme al Real Decreto 1125/2003.
Y un requisito de forma que tumba más solicitudes de las que parece: la certificación «debe estar firmada electrónicamente por la universidad correspondiente».
Los documentos que parecen válidos y no lo son
Aquí es donde se pierden los puntos. El BOE enumera expresamente lo que no admite:
- Los informes de consulta del expediente académico.
- Las capturas de pantalla.
- Las impresiones del campus virtual.
- Cualquier documento «carente de firma electrónica, código seguro de verificación».
Ese listado describe con precisión incómoda lo que mucha gente descarga a las once de la noche del penúltimo día del plazo, cuando la secretaría de su facultad lleva tres días sin responder al correo. El PDF del campus con tus notas es exactamente el documento que el BOE rechaza.
La consecuencia práctica: pide la certificación a tu universidad antes de que abra la inscripción, no mientras rellenas el 790. Muchas secretarías tardan días en emitirla firmada electrónicamente, y el plazo de solicitudes se mide en días hábiles, no en semanas.
Qué pasa si no la aportas: el 5,00 de oficio
La norma lo dice dos veces, por si quedaba duda. La primera: «En caso de no presentarla o no ser válida, se les aplicará una puntuación media de 5,00 en el expediente individual».
La segunda es aún más explícita sobre el mecanismo: la falta de aportación «no constituirá causa de exclusión del procedimiento», si bien determinará la no valoración de los méritos, «aplicándose de oficio una puntuación media de 5,00».
Esa es la trampa. No te echan. Te inscribes, te examinas, sacas tu nota del ejercicio y solo mucho después, cuando salgan las relaciones provisionales de resultados, verás un 5,00 en la casilla del baremo académico. Nadie te va a avisar antes. Qué pasa en esa fase lo contamos en la guía de después del examen MIR: resultados y elección de plaza.
Cuánto cuesta realmente: el baremo, paso a paso
La puntuación total del proceso son 100 puntos: 90 del examen y 10 del expediente. Ese 10 % suena a poco hasta que se mira cómo se calcula, porque no es tu nota media directa.
El procedimiento tiene tres pasos:
- Se toma la media de tu expediente que figure en la certificación, expresada «con los primeros dos decimales, despreciándose el resto».
- Entre todos los que superaron la puntuación mínima, se halla la media aritmética del 10 % de los mejores expedientes. A esa media le corresponden 10 puntos. Dividiendo 10 entre esa media sale el factor de corrección, que se publica en la web del Ministerio de Sanidad.
- Tu puntuación de méritos = tu expediente individual × factor de corrección, «con los primeros cuatro decimales».
Un ejemplo hipotético para ver la magnitud, con cifras inventadas solo para ilustrar el mecanismo: si la media del 10 % de mejores expedientes fuera 9,00, el factor sería 1,111… Un aspirante con un expediente real de 8,00 obtendría unos 8,89 puntos de baremo. El mismo aspirante, sin haber aportado la certificación, obtendría 5,56.
Diferencia: más de tres puntos sobre 100, por un PDF. Y esos tres puntos no se recuperan estudiando más: en la tabla de resultados equivalen a haber hecho un examen peor del que hiciste.
No damos una conversión a puestos concretos porque el factor de corrección y la densidad de la tabla cambian cada convocatoria y no se conocen hasta después del examen. Pero el orden de magnitud es ese, y va en la dirección equivocada. El cálculo completo de la nota lo desglosamos en baremo MIR.
Si estudiaste fuera de España
Aquí hay un documento adicional que no es opcional. Para estudios cursados en el extranjero, hay que presentar la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico universitario.
Tres detalles que conviene no confundir:
- La emite el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, y se solicita a través de su página web.
- Debe estar firmada por la persona interesada.
- No va sola: hay que aportar, junto a la declaración de equivalencia, el certificado académico de la universidad de origen.
Es un trámite con sus propios tiempos administrativos que tiene que caber dentro del plazo de inscripción. Si vienes de Colombia, México, Venezuela, Perú, Argentina o Chile, se empieza antes de que abra la inscripción, no el penúltimo día. En homologación MIR para médicos extranjeros tienes el recorrido completo de titulación y cupos.
Y no confundas la nota media con el título: acreditar el título universitario es otro documento con otra función.
¿Se puede arreglar después?
Parcialmente, y conviene ser preciso porque circula mucha información optimista.
La regla de partida es taxativa: los méritos se valoran «exclusivamente sobre la documentación acreditativa aportada dentro del plazo establecido de inscripción y, en su caso, subsanada durante el trámite correspondiente».
Ese «trámite correspondiente» es el de las listas provisionales de admitidos, que abren un plazo de diez días hábiles desde su publicación para subsanar aportando la documentación preceptiva. Es la ventana real, y llega semanas después de cerrar la inscripción. Cómo funciona, paso a paso, en la guía de listas de admitidos y subsanación.
Tras el examen hay además un plazo de alegaciones contra las relaciones provisionales de resultados, y esas alegaciones «podrán referirse a los resultados obtenidos en el ejercicio y a la puntuación del baremo académico». Ojo al matiz: la norma habla de alegar sobre la puntuación, no de aportar entonces por primera vez una certificación que nunca se presentó. No es una segunda oportunidad garantizada.
Traducido: hay red, pero está más arriba de lo que parece y no cubre todos los casos. La única versión segura del trámite es hacerlo bien dentro del plazo de inscripción.
Un fallo de ejecución, no de conocimiento
Merece la pena nombrar lo que pasa aquí, porque es el mismo patrón que se repite el día del examen.
Perder tres puntos por un PDF sin firma electrónica no es un fallo de conocimiento. Es un fallo de ejecución: sabías qué había que hacer, tenías la información, y aun así el resultado fue peor de lo que tu preparación justifica. Igual que fallar la pregunta 140 por fatiga de decisión, o cambiar una respuesta correcta por anclarte en un dato del enunciado.
El MIR reparte plazas por número de orden. En una tabla así, la diferencia entre dos personas que saben lo mismo la marca quién ejecuta mejor en condiciones imperfectas: con prisa, con sueño, con una secretaría que no contesta. Si quieres saber cuánto de lo que fallas es ejecución y no conocimiento, haz el diagnóstico de 7 días: es gratis y sin tarjeta.
Todos los pasos del proceso, en orden, en la guía de inscripción al MIR; las condiciones de la prueba, en examen MIR.
Datos de la convocatoria MIR 2027
- Norma: Orden SND/854/2026, de 4 de agosto (BOE de 10 de agosto de 2026).
- Inscripción (y plazo para aportar la certificación): del 1 al 14 de septiembre de 2026, ambos inclusive, diez días hábiles en horario peninsular. Cerrada.
- Sin certificación válida: 5,00 de expediente aplicado de oficio; no excluye del proceso.
- Subsanación: diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación de las listas provisionales de admitidos. La orden no fija la fecha de esas listas; se publicarán en la sede web del Ministerio de Sanidad. Cuando salgan, lo añadimos aquí.
- Carpeta Ciudadana: en esta convocatoria sirve para acreditar el título universitario, no la nota media.
- Examen: sábado 23 de enero de 2027, a partir de las 14:00 (13:00 en Canarias).
- Resultados provisionales y factor de corrección del expediente: se publicarán después del examen en la web del Ministerio de Sanidad, con siete días hábiles para alegar. Cuando salgan, lo añadimos aquí.
Preguntas frecuentes
¿Vale el PDF de mis notas que descargo del campus virtual? No. El BOE excluye expresamente las impresiones del campus virtual, las capturas de pantalla y los informes de consulta del expediente. Hace falta la certificación académica personal firmada electrónicamente por la universidad.
Si no aporto la certificación, ¿me quedo fuera del MIR? No. La norma dice literalmente que la falta de aportación «no constituirá causa de exclusión del procedimiento». Te examinas igual, pero con un 5,00 de expediente aplicado de oficio.
¿Cuánto pesa realmente el expediente en la nota final? 10 puntos sobre 100; los otros 90 salen del ejercicio. Pero esos 10 puntos no son tu nota media directa: se reescalan con un factor de corrección calculado sobre el 10 % de los mejores expedientes de tu titulación, que el Ministerio publica después del examen.
Terminé la carrera fuera de España. ¿Qué necesito además? La declaración de equivalencia de la nota media, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y firmada por ti, acompañada del certificado académico de tu universidad de origen. Ambas cosas, dentro del mismo plazo de inscripción.
Me inscribí sin una certificación válida. ¿Qué puedo hacer? Aportarla en el plazo de subsanación de las listas provisionales de admitidos: diez días hábiles desde el día siguiente a su publicación. Para la próxima convocatoria, recuerda que dependes de terceros (tu universidad, y un ministerio si estudiaste fuera), así que el margen real es menor que el del calendario.
Fuente normativa: la orden de convocatoria de cada año, publicada en el BOE (para el MIR 2027, Orden SND/854/2026, de 4 de agosto, BOE núm. 195, de 10 de agosto de 2026). Esta guía resume la norma; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial del BOE.
Saber cómo funciona el MIR es la mitad. La otra es saber a qué especialidad llegas hoy.